Cada fin de mes Entel generará un reporte con las interrupciones ocurridas durante el mes. Posteriormente, con dicha base de interrupciones se realizará un informe con los clientes afectados.
A continuación se calcularán los respectivos descuentos e indemnizaciones, según corresponda, para incluirlos en la Cuenta Única Telefónica más próxima.
En el caso que sean incorporados en un período posterior a la ocurrencia de la respectiva suspensión, interrupción o alteración del servicio los valores a descontar e indemnizar serán objeto de reajustes e intereses.
Cuando el corte del servicio exceda de 6 horas en un día o de 12 horas continuas o discontinuas mensuales, descontando de la tarifa mensual del servicio a razón de un día por cada 24 horas o fracción superior a seis horas.
En caso que la suspensión, interrupción o alteración exceda de 48 horas continuas o discontinuas, en un mismo mes y no obedezca a fuerza mayor o hecho fortuito, se indemnizará al usuario con el equivalente al triple del valor de la tarifa diaria por cada día de suspensión, interrupción o alteración del servicio.
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